Declaracion Junta Departamental repudio a desalojo a comunidades Lof Kinxikew y Lof Melo
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE ANTROPOLOGÍA DECLARA:
VISTO
Que el pasado 19 de agosto, las comunidades mapuches Lof Kinxikew y Lof Melo de Villa La Angostura sufrieron un violento desalojo territorial ejecutado por fuerzas de seguridad, bajo la orden dictada por el juez de Villa La Angostura, Francisco Astoul Bonorino,
Que en la provincia de Jujuy se consumó el desalojo de la comunidad Santa Rosa en Humahuaca, y en Misiones ocurrió un acontecimiento similar con la comunidad Mbya Guaraní Puente Quemado II, en un marco nacional de recrudecimiento de la violencia y desposesión territorial de los pueblos originarios,
Que estos atropellos desconocen los antecedentes fijados bajo la Ley Nacional N° 26.160 de Emergencia Territorial Indígena —norma que en su momento frenó las causas judiciales de desalojo y reconoció la presencia de dichas lof en el territorio—, así como las garantías constitucionales que protegen a las comunidades preexistentes.
Que tales medidas vulneran el derecho a la posesión y propiedad comunitaria de las tierras aptas, suficientes, y que tradicionalmente ocupan las comunidades originarias, reconocido por la Constitución Nacional (art. 75, inc. 17), el Convenio 169 de la OIT y demás tratados de derechos humanos incorporados a nuestro ordenamiento jurídico con máxima jerarquía normativa;
Que estos atropellos resultan incompatibles con la doctrina vinculante de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sentada en el Caso Lhaka Honhat vs. Argentina (2020), la cual determinó la responsabilidad internacional del Estado Argentino de garantizar la protección efectiva y titulación de los territorios ancestrales, imponiendo el deber ineludible de abstenerse a interferir sobre la propiedad comunitaria indígena.
CONSIDERANDO
Que las comunidades Lof Kinxikew y Lof Melo cuentan con personería jurídica, relevamiento territorial aprobado y reconocimiento oficial por parte del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) bajo la Resolución N° 332/23, lo que certifica legalmente su posesión ancestral.
Que, a pesar de estas garantías legales y de encontrarse en instancias de diálogo con el gobierno provincial de Neuquén, el desalojo de Lof Kinxikew y Lof Melo se llevó a cabo de manera sumamente violenta, utilizando drones, inhibidores de señal, bloqueos y un desproporcionado despliegue de la policía provincial (GEOP) y la Gendarmería Nacional.
Que el operativo represivo vulnera las garantías del debido proceso y el derecho a la defensa de las comunidades, dado que el juez actuante mantuvo el expediente judicial bajo carácter de "reservado", impidiendo que los representantes legales de la comunidad accedieran a las actuaciones procesales.
Que detrás de estas acciones judiciales y represivas operan poderosos intereses de extranjerización de la tierra y negocios inmobiliarios en zonas de alta plusvalía turística como Villa La Angostura y zonas cercanas, donde familias y corporaciones privadas (como la familia de origen belga Broers) reclaman tierras con el objetivo de realizar loteos, plantaciones de pinos o emprendimientos privados,
Que el propio juez que dictó la resolución de desalojo, Francisco Astoul Bonorino, posee estrechos vínculos familiares con el sector inmobiliario en Villa La Angostura, lo que devela cómo el Poder Judicial actúa como garante de intereses económicos concentrados por sobre los derechos de posesión comunitaria preexistente,
Que la administración provincial de Neuquén de la cual es responsable el gobernador Rolando Figueroa funciona como un agente político y policial de los intereses de la especulación inmobiliaria y de las grandes corporaciones extractivistas, manteniendo intencionalmente paralizadas las mesas de diálogo y el reconocimiento de las personerías jurídicas de las comunidades mapuches para sostenerlas bajo una constante amenaza de desalojo
Que las comunidades Lof Kinxikew y Lof Melo mantiene una guardia de resistencia comunitaria en defensa del territorio común frente a la inminente amenaza de un nuevo desalojo violento que actualmente se encuentra suspendido, pero latente,
Que los lonkos de las Lof Kinxikew y Lof Melo han manifestado el profundo lazo ancestral que une a las comunidades con ese territorio, donde incluso se encuentran enterrados sus antepasados y las placentas de sus hijos, evidenciando la inestimable dimensión identitaria y cultural del territorio para la subsistencia y preexistencia del pueblo mapuche.
Que estos hechos no constituyen eventos aislados, sino que forman parte de una avanzada sistemática de "desalojos exprés" promovida bajo el actual contexto político nacional, que ampara la persecución a las comunidades originarias y favorece el avance del extractivismo y la especulación inmobiliaria sobre los bienes comunes, incluyendo las cuencas de agua que bajan directo al lago Nahuel Huapi, con el objetivo de explotar una potencial riqueza inmobiliaria de sus áreas cercanas.
Que diferentes comunidades indígenas del país, como comunidad de Santa Rosa en Humahuaca, Jujuy, o Puente Quemado II en Misiones, entre muchas otras, padece un asedio estatal y corporativo similar, que pone de manifiesto una política nacional de profundización de la violencia, la persecución, la judicialización y la desposesión territorial, lo que confirma un patrón nacional de criminalización y despojo contra las comunidades originarias en distintos puntos del país,
Que la carrera de Ciencias Antropológicas de la Facultad de Filosofía y Letras (UBA) asume un compromiso histórico con el estudio, la visibilización, el acompañamiento y la defensa de los derechos de los pueblos originarios, reconociendo que sus territorios ancestrales son soportes indispensables para su reproducción social y cultural, y que diferentes equipos de investigación vienen trabajando hace décadas con comunidades de pueblos originarios y productores rurales en todo el país, y particularmente hace más de dos décadas con las Lof Kinxikew y Lof Melo,
LA JUNTA DEPARTAMENTAL DE ANTROPOLOGÍA DECLARA:
Artículo 1.- Denunciar públicamente y manifestar el más enérgico repudio ante los violentos desalojos llevados adelante contra las comunidades mapuche Lof Kinxikew y Lof Melo en Villa La Angostura, provincia de Neuquén, la comunidad Santa Rosa en Humahuaca, provincia de Jujuy y con la comunidad Mbya Guaraní Puente Quemado II.
Artículo 2.- Declarar el estado de alerta y movilización de todos los claustros de la carrera de Antropología (estudiantes, graduados y docentes) en apoyo y solidaridad activa con las comunidades Lof Kinxikew y Lof Melo, Santa Rosa, Puente Quemado II y otras comunidades originarias amenazadas en su justa resistencia por la permanencia y recuperación de sus territorios ancestrales.
Artículo 3.- Convocar a la comunidad académica y a la sociedad en general a difundir masivamente estos atropellos para ampliar el repudio social a la política de "desalojos exprés", exigiendo a los gobiernos provinciales de Neuquén, Jujuy y Misiones y demás provincias del país el cese inmediato de toda medida represiva, la plena vigencia de la Ley N° 26.160 de Emergencia Territorial Indígena y el respeto irrestricto de las personerías y relevamientos comunitarios,
Artículo 4.- Exigir el apartamiento de los funcionarios judiciales con claros conflictos de interés inmobiliario, como el juez Francisco Astoul Bonorino, y demandar la investigación de las responsabilidades políticas e institucionales en el operativo represivo contra las comunidades.
Artículo 5: Convocar a la comunidad académica y a la sociedad en general a organizarnos ante la política del Gobierno nacional que favorece a los intereses económicos concentrados y a los capitales especulativos, promoviendo el extractivismo y la especulación inmobiliaria. Que pone de manifiesto la profundización de la violencia, la judicialización, la desposesión territorial y confirma un patrón nacional de criminalización y despojo contra las comunidades originarias y los productores rurales en distintos puntos del país,
Artículo 6.- Hacer público este pronunciamiento a través de todos los canales oficiales de comunicación de la carrera de Antropología de la Facultad de Filosofía y Letras (UBA), y elevarlo al Consejo Directivo para su adhesión institucional.



